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Decreto Supremo para el salario mÃnimo |
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Ver el artÃculo completo, incluido el gráfico, en: https://larepublica.pe/opinion/2021/11/17/decreto-supremo-para-el-salario-minimo-por-humberto-campodonico/
La discusión sobre el salario mÃnimo ha vuelto. De un lado, el Presidente Castillo ha dicho que ningún trabajador formal ganará menos de 1,000 soles mensuales, lo que quiere decir que, de alguna forma, la Remuneración MÃnima Vital (RMV) de 930 soles se moverá hacia arriba.
Veamos algunos números. Primero, la RMV solo alcanza el 40% de lo que era en 1970. Ha mejorado desde el punto más bajo de principios de los 90, pero está todavÃa lejos (ver gráfico). Segundo, la última alza de la RMV fue en abril del 2018: de 850 a 930 soles. Ya han pasado 3 años y medio; en ese lapso la inflación ya borró ese aumento de 80 soles. Con la pérdida de varios meses de salario por la pandemia, queda claro que la situación es dramática.
El alza del salario mÃnimo está en la Constitución: “Las remuneraciones mÃnimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores†(Art. 24). Eso le corresponde al Consejo Nacional del Trabajo (CNT) donde participan de manera tripartita el gobierno, empresarios y sindicatos. Pero hasta ahora no se cumple.
Y ya van 14 años, pues el régimen fue aprobado en agosto del 2007 por el CNT. Se contempla una revisión cada dos años y se basa, de un lado, en una proyección a futuro de la inflación subyacente (no considera los precios de los energéticos y de los alimentos, por su alta volatilidad); todos los demás precios que componen la canasta familiar sà son considerados. Y se considera también la variación de la productividad multifactorial (PBI, stock de capital, empleo y elasticidades).
Pero la propuesta del CNT no se cristalizó en un decreto supremo debido a la negativa de los gobiernos y la oposición empresarial. Por tanto, la RMV queda sujeta a la discreción polÃtica. AsÃ, en el 2014 no se movió cuando la señora Nadine Heredia dijo que no estaba en agenda. Y subió en el 2018, el mismo dÃa que se producÃa la renuncia de PPK.
Eso no sucede en otros paÃses. En Chile se discute todos los años entre el gobierno y los sindicatos y se elabora una propuesta técnica (parecida a la nuestra, la cual es aprobada con ley del Congreso Nacional). En Colombia existe una mesa tripartita de Concertación de PolÃticas Laborales y Salariales que la discute todos los años. Según la Ley 278 de 1996 el salario mÃnimo debe quedar definido el 15 de diciembre. La decisión final la toma el Presidente de la República.
El fondo: cada vez que surge la discusión sobre la RMV, una serie de gremios empresariales y economistas afines se oponen. Los argumentos son siempre los mismos: “la economÃa no anda bienâ€, “se van a perder empleos y se va a fomentar la informalidadâ€, entre otros.
Pero cada vez tienen menos piso. De los 193 paÃses de la ONU, 160 tienen salario mÃnimo, el 83%. La mayorÃa que no lo tienen son paÃses africanos como Brunéi, Burundi, Djibouti, EtiopÃa, Ruanda y Sudán. En 28 de los 36 paÃses de la OCDE hay salario mÃnimo y los 8 nórdicos tienen acuerdos de negociación colectiva (el salario no lo fija “el mercadoâ€). OtrosÃ. Tres economistas acaban de ganar el Premio Nobel por sus trabajos que demuestran que es falsa la creencia de que el aumento del salario mÃnimo es inconveniente porque “alienta el desempleoâ€.
Todo esto no significa que no sea necesaria la discusión sobre la pandemia, lo que se contempla en las 4 variables que no darÃan lugar a un alza de la RMV: profunda recesión, fuerte elevación de la tasa de desempleo abierto, fuerte elevación de la tasa de informalidad laboral y alza desmedida en la relación remuneración mÃnima sobre la remuneración promedio.
Dicho esto los trabajadores peruanos no deben ser tratados como ciudadanos de “segunda†o “tercera†categorÃa. Eso debe terminar. Aprendamos las lecciones de los paÃses vecinos. El gobierno debe institucionalizar, mediante decreto supremo, el mecanismo legal y técnico aprobado en el 2007.
Publicado el 17 de Noviembre de 2021
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Información complementaria utilizada para la elaboración
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